La legislación de California en materia de salarios y horarios te protege mejor que la legislación federal
Muchos trabajadores dan por sentado que sus derechos se derivan de la legislación federal, concretamente de la Ley de Normas Laborales Justas. En California, el Código Laboral y las órdenes salariales de la Comisión de Bienestar Industrial van mucho más allá, y comprender esa diferencia suele marcar la diferencia entre una reclamación de menor cuantía y la indemnización íntegra.
Horas extras diarias, no solo semanales
La legislación federal solo exige el pago de horas extras a partir de las 40 horas semanales. El artículo 510 del Código Laboral de California establece el pago de una vez y media el salario normal a partir de las 8 horas de una misma jornada laboral, el doble del salario normal a partir de las 12 horas de una jornada y el pago de horas extras por las primeras 8 horas trabajadas en el séptimo día consecutivo de una semana laboral. Un trabajador que realice cuatro turnos de 10 horas no tiene derecho a horas extras según la legislación federal, pero sí a 8 horas de horas extras diarias según la legislación de California.
Complementos por comidas y descansos
La legislación federal no exige en absoluto pausas para comer o descansar. California sí las exige y hace que este requisito se cumpla de verdad: según el artículo 226.7 del Código Laboral, un empresario que niegue una pausa para comer o descansar conforme a la normativa te debe una hora adicional de salario a tu tarifa habitual correspondiente a ese día.
Sanciones por tiempo de espera
Cuando finaliza la relación laboral, los artículos 201 y 202 del Código Laboral establecen plazos estrictos para el pago de la liquidación, y el artículo 203 obliga al empresario que se retrase deliberadamente a pagar una multa equivalente a tu salario diario por cada día de retraso en el pago, hasta un máximo de 30 días.
Nóminas y la ley PAGA
El artículo 226 del Código Laboral exige que las nóminas sean precisas y estén detalladas. Cuando los empresarios cometen infracciones del Código Laboral, la Ley de Abogados Generales Privados (PAGA) puede permitir que un empleado afectado reclame sanciones civiles en nombre del Estado de California y de otros trabajadores perjudicados. Las reclamaciones en virtud de la PAGA tienen sus propios procedimientos y plazos breves, por lo que es importante actuar a tiempo.
¿De cuánto tiempo dispones para presentar la solicitud?
Las reclamaciones por salarios impagados en virtud del Código Laboral suelen tener un plazo de prescripción de tres años, y la Ley de Competencia Desleal de California puede ampliar el plazo para reclamar los salarios impagados a cuatro años en muchos casos. Algunas reclamaciones por sanciones, incluida la PAGA, tienen plazos mucho más cortos, a veces de solo un año. Estos plazos varían según el tipo de reclamación y las circunstancias concretas de tu situación, por lo que lo más seguro es consultar con un abogado lo antes posible en lugar de intentar calcular el plazo por tu cuenta.
Dónde se resuelven los litigios salariales en Los Ángeles
Dependiendo del caso, podemos presentar la demanda ante el Tribunal Superior de Los Ángeles, ante el tribunal federal del Distrito Central de California o ante el Comisionado de Trabajo de California. El robo de salarios se concentra principalmente en los sectores que dominan la economía de Los Ángeles: logística y almacenamiento en los alrededores de los puertos, restaurantes y hoteles, el distrito textil del centro de la ciudad, la asistencia a domicilio y la asistencia sanitaria, el comercio minorista y los servicios de apoyo al sector del entretenimiento. Sabemos cómo pagan a los trabajadores en estos sectores y sabemos dónde se ocultan las infracciones.