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Remuneración de los directivos

Remuneración de los directivos

Has cumplido los objetivos. Se han alcanzado los ingresos previstos, se han superado los hitos y el consejo de administración ha aprobado el plan. Y entonces resulta que, al fin y al cabo, la bonificación era «discrecional», el plan de comisiones se modificó a mitad de año o tu fecha de cese cayó tres semanas antes de un «precipicio de devengo». Las disputas sobre la remuneración de los ejecutivos rara vez se asemejan a un simple robo de salario, pero, según la legislación de California, gran parte de lo que has ganado es precisamente eso: salario, con toda la protección que ofrece el Código Laboral.

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Un abogado especializado en remuneración de ejecutivos desentraña los planes, las cartas complementarias y los documentos de concesión que rigen su remuneración y vela por que la empresa los cumpla. Labor Law PC representa a ejecutivos, altos directivos y profesionales con remuneraciones elevadas en toda la zona de Los Ángeles, desde nuestra sede central de Santa Mónica, en litigios relacionados con bonificaciones, comisiones, participaciones en el capital y remuneraciones diferidas, tanto durante la relación laboral como al finalizarla. Representamos únicamente a empleados, nunca a empresas.

This page is about compensation disputes: money and equity you earned that the company will not pay. If you are reviewing an exit package, start with our executive severance page instead; the two often overlap, and we handle both.

Conflictos habituales en materia de remuneración de los directivos

  • Bonificaciones no pagadas o «discrecionales». Si se te ha prometido una bonificación en virtud de un plan o acuerdo y has cumplido las condiciones, la legislación de California suele considerarla un salario devengado, y no un regalo que la empresa pueda retener debido a un cambio en la dirección o a recortes presupuestarios.
  • Recuperación y pérdida de bonificaciones. El artículo 221 del Código Laboral prohíbe, en general, que un empresario recupere los salarios ya abonados, y las disposiciones que privan al trabajador de la remuneración que ya ha devengado deben someterse a un escrutinio riguroso.
  • Controversias sobre los planes de comisiones. El artículo 2751 del Código Laboral exige que los acuerdos de comisiones se formalicen por escrito, estén firmados y especifiquen el método de cálculo. Las controversias sobre cuándo se «gana» una comisión, las comisiones posteriores a la rescisión del contrato por operaciones que se hayan cerrado y los cambios en los planes a mitad de año se encuentran entre los casos más habituales que atendemos.
  • Conflictos relacionados con la consolidación de derechos sobre acciones, unidades de acciones restringidas (RSU) y opciones. Despidos programados justo antes de una fecha de consolidación de derechos, determinaciones controvertidas sobre la «causa» que dan lugar a la pérdida de derechos, derechos de recompra ejercidos a valores injustos y plazos de ejercicio que caducan sin que nadie se dé cuenta.
  • Cláusulas de pérdida de derechos en caso de cese. En ocasiones, los planes establecen que se pierden las bonificaciones o comisiones devengadas a menos que el empleado siga en activo en la fecha de pago. Dependiendo de cómo y cuándo se haya devengado la remuneración, dichas condiciones pueden entrar en conflicto con la legislación laboral de California, y la denominación que utilice el plan no es determinante a este respecto.
  • Remuneración diferida. Pagos no abonados, saldos de cuenta objeto de controversia y condiciones de cese que entran en conflicto con las estrictas normas temporales del plan.
  • Incumplimiento del contrato de trabajo. Condiciones relativas al salario garantizado o a las primas, protecciones por «motivo justificado» y promesas de cargos, presupuestos o concesiones de acciones que nunca se materializaron.
  • «Esposas doradas». Los paquetes de retención que condicionan la remuneración devengada a la permanencia en la empresa o a la firma de cláusulas de no competencia pueden resultar excesivos según la legislación de California.

La legislación de California considera la remuneración de los directivos como salario

A veces, los directivos dan por sentado que el Código Laboral se aplica únicamente a los trabajadores remunerados por horas. No es así. California define el concepto de «salario» de forma amplia, y los tribunales han aplicado las protecciones salariales a las primas, comisiones y otras retribuciones incentivadoras percibidas en virtud de un plan o acuerdo, independientemente del cargo o el salario que se tenga.

«Devengado» significa «adeudado»

Under the Labor Code, wages you have earned must be paid, and when employment ends they come due fast: generally the same day if you are terminated, and within 72 hours if you resign without notice, under Labor Code sections 201 through 203. Willfully late final wages can accrue waiting time penalties of up to 30 days of pay. Our final paycheck violations page covers those rules in depth. The recurring fight in executive cases is what counts as "earned": we build that case from the plan language, your performance data, and how the company actually administered the plan.

Encargos: el plan por escrito es el campo de batalla

El artículo 2751 del Código Laboral exige a los empresarios que faciliten un acuerdo de comisiones por escrito y firmado en el que se especifique cómo se calculan y se abonan dichas comisiones. Cuando el documento escrito no existe, es ambiguo o entra en contradicción con la práctica, las ambigüedades suelen interpretarse en contra del empresario que lo redactó. Los planes que permiten a la empresa modificar retroactivamente los porcentajes de las operaciones ya cerradas, o retener comisiones sobre ingresos que ya se han generado, dan pie a impugnaciones.

Deducciones y recuperaciones

El artículo 221 del Código Laboral establece, en términos generales, que es ilegal que un empresario recupere salarios atrasados que ya se hayan abonado, y los artículos relacionados restringen las deducciones del salario. Una «recuperación» o compensación que afecte a la remuneración que hayas percibido en virtud de la legislación de California puede no ser ejecutable, independientemente de lo que establezca el plan. Las recuperaciones exigidas a las empresas que cotizan en bolsa por la normativa federal sobre valores funcionan de manera diferente, lo que constituye una razón más por la que estos litigios requieren asesoramiento jurídico en lugar de basarse en suposiciones.

Las penalizaciones, las «esposas de oro» y las cláusulas de no competencia como medio de presión

La postura de California contraria a la pérdida de la remuneración devengada se complementa con el artículo 16600 del Código de Negocios y Profesiones, que anula casi todos los acuerdos de no competencia posteriores al cese laboral. Algunas empresas condicionan la participación en el capital, las primas o la remuneración diferida al cumplimiento de cláusulas de no competencia o a la pérdida de dichos beneficios en caso de incorporarse a la competencia. En California, las cláusulas que limitan tu derecho al trabajo son vulnerables, y esa vulnerabilidad se convierte en una ventaja a la hora de negociar: una empresa que imponga una pérdida de derechos cuestionable basándose en un pacto nulo corre un riesgo real. La aplicación de estas doctrinas a cualquier plan concreto depende en gran medida de las circunstancias específicas, por lo que conviene que revises el tuyo antes de actuar.

Plazos

Los plazos de prescripción varían según el tipo de reclamación: las reclamaciones salariales previstas en la ley, las derivadas de contratos escritos y las por competencia desleal tienen cada una su propio plazo de varios años, y algunos son más cortos. Los plazos varían según el tipo de reclamación y según la fecha en que venció el pago, por lo que conviene consultar a un abogado lo antes posible, sobre todo si todavía estás negociando con la empresa mientras el plazo sigue corriendo.

Cómo gestionamos las reclamaciones sobre la remuneración de los directivos

  1. Asesoramiento confidencial. Revisamos tu contrato de trabajo, los planes de bonificaciones y comisiones, las notificaciones de concesión y los documentos del plan de acciones, así como la correspondencia relacionada con el litigio. Servicio gratuito y confidencial.
  2. Valoración. Cuantificamos lo que se ha ganado y lo que no se ha pagado: efectivo, valor patrimonial, importes diferidos, sanciones e intereses, para que puedas negociar partiendo de una cifra concreta, y no de una queja.
  3. Exigencia y negociación. Muchos conflictos se resuelven de forma discreta una vez que la empresa conoce el texto del plan y los riesgos en materia de legislación laboral que le ha expuesto el asesor jurídico. La discreción es la norma en estos asuntos.
  4. Litigios o arbitrajes cuando sea necesario. Los contratos de altos directivos suelen incluir cláusulas de arbitraje. Evaluamos la jurisdicción competente, hacemos valer todas las reclamaciones posibles y llevamos el caso a juicio si la empresa se niega a pagar lo que debe.

If your dispute surfaces during exit negotiations, we coordinate it with severance negotiation strategy so unpaid compensation is priced into the package rather than released for nothing.

Lo que podrías recuperar

En función de los hechos y de la fundamentación jurídica, los ejecutivos implicados en litigios sobre remuneración pueden recuperar bonificaciones y comisiones impagadas, el valor de las participaciones en el capital o la remuneración diferida a las que se les haya privado indebidamente, indemnizaciones por incumplimiento de contrato, sanciones por tiempo de espera, intereses y, en algunos casos, los honorarios de los abogados, en virtud de la legislación laboral. No se puede prometer ningún resultado concreto; lo que ofrecemos es una evaluación sincera, basada ante todo en las cifras, antes de que usted tome cualquier decisión.

Honorarios adecuados al caso

La mayoría de los litigios en materia de indemnizaciones se ajustan a nuestro modelo de honorarios contingentes: sin pagos por adelantado ni honorarios de abogados a menos que consigamos una indemnización para usted. Algunos casos, como las revisiones de planes durante la vigencia de la relación laboral, pueden ajustarse a otras estructuras acordadas previamente. Todos los casos comienzan con una consulta gratuita y confidencial.

Preguntas frecuentes

  • Mi plan de bonificaciones establece que las bonificaciones son discrecionales. ¿Tengo derecho a reclamar algo?

    Es posible. Los tribunales no se fijan en las etiquetas, sino en cómo se prometió, se calculó y se gestionó la bonificación. Una bonificación «discrecional» vinculada a objetivos objetivos, prometida por escrito o abonada según una fórmula constante puede considerarse un salario devengado. Trae los documentos del plan a la consulta antes de dar por sentado que la etiqueta es determinante.

  • ¿Puede mi empresa negarse a pagarme las comisiones por las operaciones que se cerraron antes de que dejara la empresa?

    Por lo general, las comisiones devengadas según las propias condiciones del plan siguen siendo exigibles incluso tras la baja, y pueden aplicarse plazos de pago definitivos y sanciones por incumplimiento del plazo de espera. La controversia suele girar en torno a cuándo se «devengaron» las comisiones, por lo que el plan escrito previsto en el artículo 2751 es el primer documento que leemos.

  • Me despidieron unas semanas antes de que se consolidaran mis derechos sobre las acciones. ¿Es eso legal?

    Depende de las condiciones del plan y del motivo real por el que se ha elegido ese momento. Un despido orquestado con el fin de impedir que percibas una indemnización que estabas a punto de obtener puede servir de fundamento para presentar reclamaciones, entre ellas el incumplimiento del principio implícito de buena fe, y las conclusiones controvertidas sobre la «causa» que dan lugar a la pérdida de derechos pueden ser impugnadas. Estos casos se basan en la documentación, así que actúa con rapidez mientras las pruebas aún están frescas.

  • ¿Es aplicable una cláusula de pérdida de derechos si me voy a trabajar para un competidor?

    En California, las disposiciones que sancionan la competencia lícita tienen una base jurídica poco sólida a la luz del artículo 16600 del Código de Negocios y Profesiones, y la pérdida de los salarios devengados plantea problemas distintos relacionados con el Código Laboral. La aplicabilidad depende de los términos y los hechos concretos, por lo que conviene que revisen la cláusula antes de presentar la dimisión o firmar cualquier documento.

  • ¿Tengo que someter a arbitraje mi conflicto sobre la indemnización?

    Muchos contratos de alta dirección prevén el arbitraje, y su aplicabilidad varía en función de la cláusula y de las reclamaciones. El arbitraje modifica la estrategia, pero no tus derechos sustantivos recogidos en el Código Laboral. Evaluamos la cuestión del foro desde el principio.

  • ¿De cuánto tiempo dispongo para presentar una reclamación?

    Depende de la teoría jurídica: desde reclamaciones salariales basadas en la ley hasta reclamaciones derivadas de contratos escritos, cada una con su propio plazo de varios años, y algunas reclamaciones relacionadas tienen plazos más cortos. Además, esperar hace que las pruebas y la posición negociadora se debiliten. Los plazos varían, así que consulta a un abogado tan pronto como la disputa se materialice.

Áreas de práctica relacionadas

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