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Discriminación por origen nacional

Discriminación por origen nacional

Los Ángeles funciona gracias a los inmigrantes y a los hijos de los inmigrantes. Sin embargo, cada día, aquí se burlan de los trabajadores por su acento, se les prohíbe hablar su propio idioma durante los descansos, se les deja de lado por su lugar de nacimiento o se les amenaza con consecuencias en materia de inmigración cuando reclaman el salario que les corresponde. Si algo de esto te suena familiar, debes saber lo siguiente: la discriminación por origen nacional es ilegal en California, y tus derechos no dependen de tu situación migratoria.

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Labor Law PC representa exclusivamente a trabajadores en los sectores donde esta discriminación es más habitual: talleres de confección del centro de la ciudad, personal de hoteles y restaurantes de todo el condado, operaciones de almacén y reparto que dan servicio a los puertos, personal de asistencia a domicilio y del sector sanitario, y obras de construcción en todo el sur de California. También lo hemos observado en oficinas, donde un acento se convierte en la razón tácita por la que un profesional cualificado nunca asciende.

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Indicios de discriminación por origen nacional

La discriminación por origen nacional se centra en el lugar de donde procedes tú (o tu familia), tu origen étnico, tu acento, tu idioma o tu situación migratoria percibida. Entre los indicios de alerta se incluyen:

  • Decisiones basadas en el acento: que te nieguen un ascenso, el contacto con los clientes o un puesto de trabajo «por motivos de comunicación», cuando en realidad tu acento no interfiere en el trabajo.
  • Normas de «solo inglés»: políticas generales que prohíben el uso de otros idiomas en el trabajo, incluso durante los descansos, sin que exista una necesidad empresarial real.
  • Insultos de carácter étnico y «bromas» sobre tu país, tu cultura, tu comida o tu nombre, sobre todo por parte de los superiores.
  • Abuso en materia de documentación: exigir más documentos de autorización laboral de los que exige la ley, o de otro tipo, o negarse a aceptar documentos válidos.
  • Amenazas relacionadas con la inmigración: un responsable que mencione al ICE, la deportación o «comprobar tus documentos» después de que te hayas quejado de los salarios o las condiciones laborales.
  • Discriminación y segregación: los trabajadores de un determinado origen se ven relegados a los puestos de trabajo peor remunerados, más peligrosos o menos visibles.
  • Requisitos de ciudadanía para puestos de trabajo que, legalmente, no exigen la ciudadanía.
  • Un trato más duro tras un conflicto en el extranjero o tras noticias relacionadas con tu país o tu origen étnico.

Sus derechos según la legislación de California

La FEHA protege ampliamente el origen nacional

La Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda de California (FEHA) prohíbe a los empresarios con cinco o más empleados discriminar por motivos de origen nacional o ascendencia. La normativa californiana define el origen nacional de forma amplia: incluye el lugar de nacimiento real o percibido, o el origen étnico, tanto el propio como el de los antepasados; el acento; el dominio del idioma; el nombre; la pertenencia a un grupo de origen nacional; e incluso la asistencia a centros educativos o instituciones religiosas asociadas a dicho grupo. La FEHA se aplica a empresas más pequeñas que el Título VII federal y no establece límites máximos para las indemnizaciones por daños y perjuicios.

Protecciones relacionadas con el idioma y el acento

La FEHA restringe específicamente las normas lingüísticas. Un empresario solo puede limitar los idiomas que se utilizan en el lugar de trabajo si la restricción está justificada por una necesidad empresarial, se ajusta estrictamente a lo necesario y se comunica claramente con antelación. Se considera que las políticas generales de «solo inglés», especialmente las que se aplican a los descansos y al tiempo libre, son ilegales. Del mismo modo, un empresario no puede tomar decisiones basadas en tu acento, a menos que este interfiera de manera sustancial en el desempeño del trabajo en cuestión, un criterio que los empresarios a menudo no pueden cumplir.

La situación migratoria no es un arma

La legislación de California protege a los trabajadores independientemente de su situación migratoria y prohíbe a los empresarios utilizar dicha situación como medida de represalia:

  • El artículo 1019 del Código Laboral establece que es ilegal denunciar o amenazar con denunciar la supuesta situación migratoria de un trabajador (o de un miembro de su familia) por el hecho de que dicho trabajador haya ejercido un derecho legal, como presentar una queja por discriminación o por salarios impagados.
  • Las prácticas injustas relacionadas con la inmigración, como el abuso de documentos o el uso indebido del sistema E-Verify contra los trabajadores que presentan reclamaciones, conllevan sus propias sanciones.
  • En general, todos los trabajadores que hayan realizado el trabajo pueden acogerse a las medidas legales de California contra la discriminación y el impago de salarios, independientemente de su situación.

If a manager has threatened your status to keep you quiet, that threat is itself evidence, and it often converts a discrimination case into a discrimination-plus-retaliation case.

Plazos

Por lo general, dispones de tres años a partir del acto discriminatorio más reciente para presentar una denuncia ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) antes de interponer una demanda en virtud de la FEHA. Otras reclamaciones, como las relacionadas con represalias y las salariales, que suelen acompañar a estos casos, tienen plazos diferentes y, en ocasiones, más cortos. Los plazos varían, por lo que te recomendamos que consultes con un abogado lo antes posible.

¿Qué ocurre después de ponerse en contacto con nosotros?

  1. Consulta gratuita y confidencial. Hablaremos contigo en privado sobre lo que ha ocurrido. Tu situación migratoria no afecta a tu derecho a consultarnos, y las consultas están amparadas por el secreto profesional.
  2. Investigación. Documentamos la política o la pauta: a quién se dirigía, qué se decía, las normas lingüísticas, tanto escritas como en la práctica, y cómo se trataba a los trabajadores de otros orígenes.
  3. Tramitación ante el organismo competente. Presentamos la documentación ante el CRD y obtenemos una notificación de derecho a demandar, coordinando cualquier reclamación relacionada ante el Comisionado de Trabajo.
  4. Resolución. Negociamos desde una posición de fuerza y recurrimos a los tribunales de Los Ángeles cuando los empresarios no ofrecen una indemnización justa.

Lo que podrías recuperar

En función de los hechos del caso, las indemnizaciones pueden incluir el salario y las prestaciones perdidas, una indemnización por daños morales, una indemnización punitiva en caso de que el empresario haya actuado con malicia, sanciones civiles por represalias relacionadas con la inmigración y los honorarios de los abogados en virtud de la FEHA. Los tribunales se toman muy en serio las amenazas relacionadas con la inmigración. No podemos prometerle ningún resultado, pero sí podemos ofrecerle una evaluación sincera y gratuita.

Preguntas frecuentes

Áreas de práctica relacionadas

Al servicio de las comunidades de inmigrantes de Los Ángeles y California

Desde Santa Mónica, representamos a trabajadores de todo el condado de Los Ángeles, incluyendo el centro de Los Ángeles, Long Beach, Glendale, Pasadena, Burbank, Torrance, West Hollywood y el Valle de San Fernando, así como a empleados de toda California.

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Tu origen nunca debería determinar cómo te tratan en el trabajo. Averigua cuáles son tus derechos con un bufete que solo representa a los trabajadores.

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