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Abogado con experiencia en acoso sexual en Los Ángeles

El acoso sexual es un problema muy preocupante que puede tener graves consecuencias emocionales, psicológicas y profesionales. Nuestro experimentado equipo legal entiende las complejidades que rodean estos casos y se dedica a defender los derechos de las víctimas. Estamos aquí para ofrecer apoyo compasivo mientras perseguimos tenazmente recursos legales en su nombre.


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La ley estatal de California prohíbe el acoso sexual en el trabajo

La ley estatal de California prohíbe a los empresarios acosar a cualquier empleado, solicitante, contratista independiente o becario o voluntario no remunerado por razón de su sexo o género. Si usted ha sido víctima de acoso sexual en el lugar de trabajo, la Ley de Empleo y Vivienda Justos de California (Govt. Code § 12940), también llamada "FEHA", puede darle derecho a presentar una demanda civil por daños y perjuicios monetarios contra su empleador.

Si ha sufrido acoso sexual en el lugar de trabajo, es importante que actúe con rapidez, ya que el tiempo de que dispone para interponer una demanda civil ante los tribunales es limitado. La ley de California exige que las demandas por acoso sexual se presenten en un plazo de tres (3) años a partir del incidente más reciente de comportamiento sexualmente acosador, y en su caso particular también pueden aplicarse otros plazos administrativos más breves.

Hombre tocando el codo de la mujer aislada en negro - acoso sexual en la oficina de negocios

¿Qué tipos de acoso sexual están prohibidos?

En general, la ley de California prohíbe ciertos tipos de conducta sexual inapropiada y no deseada dirigida a un trabajador o solicitante de empleo. El acoso sexual ilegal en el lugar de trabajo se divide generalmente en dos categorías: (1) acoso sexual "quid pro quo"; y (2) acoso sexual que crea un "ambiente de trabajo hostil." Las personas de cualquier sexo o género pueden ser víctimas de acoso sexual, incluso cuando el acosador es miembro del mismo sexo o género, o se identifica con la misma orientación sexual que la víctima. 

No todos los comentarios o incidentes de naturaleza sexual alcanzan el nivel de acoso sexual prohibido por la legislación de California. Los comentarios sexuales aislados o infrecuentes en el lugar de trabajo pueden no ser lo suficientemente graves o generalizados como para crear un entorno de trabajo hostil. Los comentarios de contenido sexual también deben ser inoportunos para constituir acoso sexual quid pro quo u hostil en el entorno de trabajo, y los comentarios sexuales que son bien recibidos o correspondidos por el empleado al que van dirigidos no son ilegales. 

Entorno laboral hostil

El acoso sexual crea un entorno laboral hostil ilegal cuando no es bien recibido y es tan "grave o generalizado" que altera los "términos y condiciones de empleo" del trabajador o solicitante. 

Diversas conductas inapropiadas e inoportunas en el lugar de trabajo pueden constituir acoso sexual, como:

  • Compartir fotos, vídeos o imágenes sexualmente sugerentes o explícitas;
  • Tocar, chocar o rozar a un empleado de forma sexualmente insinuante;
  • Contar chistes o historias de contenido sexual;
  • Compartir experiencias personales provocativas o sexualmente explícitas;
  • Hacer comentarios lascivos;
  • Pedir a un empleado que tenga una cita o relaciones sexuales;
  • Hacer preguntas, bromas o comentarios ofensivos sobre la orientación sexual de una persona;
  • Hacer comentarios relacionados con el género o la orientación sexual sobre el aspecto de una persona; o
  • Coqueteo recurrente y generalizado, guiños o miradas fijas, o "echar un vistazo" a un compañero de trabajo de un modo que una persona razonable consideraría ofensivo.

El acoso sexual en el lugar de trabajo puede ser el resultado de una conducta ofensiva e inoportuna por parte de cualquier empleado, ya sea su jefe, su supervisor o un compañero de trabajo, así como de comentarios o conductas ofensivos e inoportunos basados en el sexo y/o el género por parte de los clientes de un empresario, clientes y otras personas que no son empleados.

El acoso "grave y generalizado" es una conducta que modifica las condiciones de trabajo de la víctima y crea un entorno laboral que una persona razonable consideraría hostil, intimidatorio, ofensivo, opresivo o abusivo. Para decidir si el acoso sexual es lo suficientemente "grave o generalizado" como para crear un entorno de trabajo hostil, un juez o jurado tiene en cuenta todos los hechos y circunstancias disponibles, tales como:

  • La naturaleza del acoso alegado (por ejemplo, comentarios verbales, tocamientos inapropiados, insinuaciones sexuales, etc.);
  • Con qué frecuencia y durante cuánto tiempo se produjo el acoso;
  • Las circunstancias en las que se produjo el acoso; y
  • Si el acoso fue físicamente amenazador o humillante.

Dependiendo de lo ofensivo o atroz que sea, incluso un solo incidente de acoso sexual puede ser lo suficientemente grave o generalizado como para crear un entorno de trabajo hostil.

En el contexto de una demanda por ambiente de trabajo hostil, el acoso sexual altera los términos o condiciones de empleo de un trabajador o solicitante si una persona razonable sometida a la misma conducta consideraría que el acoso cambió sus condiciones de trabajo de una manera que hace más difícil realizar su trabajo. Dado que su empleador puede utilizar el bajo rendimiento laboral como motivo de despido, es extremadamente importante documentar y denunciar el acoso sexual a su empleador cuando se produzca. Si usted está siendo acosado sexualmente por un compañero de trabajo, cliente, cliente u otra persona que no es uno de los gerentes o supervisores de su empleador, documentar y denunciar el acoso que está experimentando también es muy importante con el fin de poner a su empleador sobre aviso de esa conducta inapropiada. 

Acoso sexual Quid Pro Quo

La ley de California también prohíbe a los empleadores someter a los trabajadores o solicitantes de empleo a acoso sexual quid pro quo (por ejemplo, un "favor por un favor"). El acoso sexual quid pro quo se produce cuando un supervisor o jefe hace insinuaciones sexuales no deseadas a un trabajador o solicitante de empleo, y condiciona directa o implícitamente una condición de empleo, un beneficio laboral o unas condiciones de trabajo favorables a la aceptación por parte del trabajador o solicitante de la insinuación sexual no deseada del supervisor. Algunos ejemplos de acoso sexual quid pro quo prohibido son:

  • Condicionar la decisión de contratar a un candidato a que acepte una proposición sexual no deseada (por ejemplo, una petición de sexo, una cita o cualquier otro favor sexual);
  • Comunicar a un empleado que será ascendido, recibirá un aumento de sueldo u obtendrá algún otro beneficio laboral si acepta una proposición sexual no deseada; y
  • Comunicar a un empleado que será despedido, se le reducirá la jornada laboral o sufrirá alguna otra consecuencia laboral negativa si no acepta una proposición sexual no deseada.

¿Qué ocurre si mi empleador toma represalias contra mí por denunciar acoso sexual en el lugar de trabajo?

Además de prohibir el acoso sexual en el lugar de trabajo, la FEHA de California también prohíbe a los empleadores tomar represalias contra cualquier trabajador o solicitante por denunciar o quejarse de acoso sexual. En virtud de esta ley, los empleadores de California tienen prohibido despedir, degradar, suspender o someter de cualquier otro modo a un empleado a consecuencias laborales negativas por haber presentado una denuncia o queja de buena fe sobre acoso sexual. Los empresarios también tienen prohibido negarse a contratar a un solicitante de empleo por denunciar o quejarse de acoso sexual. 

Si ha sido víctima de acoso sexual en el lugar de trabajo y le preocupan las consecuencias de denunciar esa conducta indebida, podemos ayudarle con el proceso de denunciar el acoso a su empleador, tomar medidas para minimizar la posibilidad de represalias ilegales y, si es necesario, interponer sus recursos civiles ante los tribunales. 

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Danny Yadidsion

Derecho Laboral PC

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Danny Yadidsion y su experimentado equipo de abogados en Labor Law PC se dedican a proteger los derechos de los trabajadores de California y asegurar que sus voces sean escuchadas. Si usted ha experimentado discriminación en el empleo basada en una categoría o característica protegida, ya sea como empleado, contratista independiente o solicitante de empleo, podemos ayudarle. Nuestros abogados valoran y respetan su privacidad, y trabajarán incansablemente para ayudarle a obtener la justicia que se merece. 

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