
¿Deberías firmar un acuerdo de indemnización por cese en California? Lee esto primero
El papeleo suele llegar en el peor momento posible. Acaban de comunicarte que tu contrato va a terminar, alguien te pasa un El papeleo suele llegar en el peor momento posible. Acaban de comunicarte que tu contrato va a terminar, alguien te pasa un documento por la mesa o te lo envía por correo electrónico para que lo firmes digitalmente, y la cifra que aparece en la parte superior te da un respiro. Entonces te fijas en la fecha límite para firmar. Si en este momento tienes en tus manos un acuerdo de indemnización y te sientes presionado, esa sensación no es casual. La legislación de California te concede más margen del que quizá te haya mencionado la persona que te entregó el documento.
Labor Law PC solo representa a los trabajadores. Nuestras oficinas se encuentran en Santa Mónica y Palo Alto, y trabajamos con trabajadores de toda California. A veces leemos un acuerdo y le decimos a la gente que la oferta es justa y que deberían aceptarla. Esa es una respuesta sincera que damos, y escucharla no cuesta nada.
¿A qué derechos renuncias al firmar un acuerdo de indemnización por despido?
Un acuerdo de indemnización por cese es una compra. El dinero es el precio, y lo que el empresario está comprando es tu derecho a presentar reclamaciones: por discriminación y acoso en virtud de la Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda de California, represalias, despido improcedente, así como salarios impagados, horas extras, descansos y gastos de trabajo.
La mayoría de los acuerdos van más allá de las reclamaciones que conoces. Según el artículo 1542 del Código Civil, una exención general no abarca por sí sola las reclamaciones que no conoces o cuya existencia no sospechas, por lo que los empleadores añaden una renuncia expresa a dicho artículo. Así es como un documento breve acaba eximiendo de responsabilidad por cuestiones que aún no has descubierto. Si nadie ha revisado tu expediente personal, tus registros salariales o las circunstancias de tu despido, te están pidiendo que vendas algo sin saber cuánto vale.
¿De cuánto tiempo dispones para firmar un acuerdo de indemnización por despido en California?
En California, normalmente dispones de al menos cinco días hábiles para que te revisen un acuerdo de indemnización por despido y, si tienes 40 años o más, a menudo son 21 o 45. Si tienes 40 años o más, la ley federal establece unos plazos mínimos antes de que puedas renunciar válidamente a una reclamación federal por discriminación por edad: al menos 21 días para considerarla, o al menos 45 días si tu despido formaba parte de un despido colectivo. Estos plazos cuentan a partir de la oferta definitiva del empleador, no de la primera versión que hayas visto.
Si el acuerdo exime de cualquier reclamación federal relacionada con la edad, también dispones de 7 días tras la firma para revocarlo, y este no será ejecutable hasta que haya transcurrido ese plazo. Puedes firmarlo antes de tiempo. Ni tú ni tu empresa podéis acortar ese plazo de 7 días.
En un despido colectivo, la empresa también debe facilitarte los cargos y las edades de todas las personas seleccionadas, así como las edades de todas aquellas personas de la misma unidad que no lo hayan sido. Se trata de edades concretas, no de rangos. Esa información suele ser el punto de partida de un caso relacionado con la edad, ya que es la primera vez que se observa el patrón.
Independientemente de la edad que tengas. Según el artículo 12964.5 del Código de Gobierno, un empresario que te ofrezca un acuerdo de cese debe informarte de que tienes derecho a consultar a un abogado y concederte al menos cinco días laborables para hacerlo. Cinco días laborables no es mucho tiempo, pero sí es suficiente para que un abogado lo revise antes de que te comprometas.
Lo que un acuerdo de indemnización por despido no puede suprimir legalmente en California
- No te impida hablar sobre conductas ilegales. Una cláusula de no difamación o de confidencialidad debe incluir una excepción que te permita hablar sobre actos ilegales en el lugar de trabajo. El importe de la indemnización por despido, en sí mismo, puede mantenerse confidencial.
- Abonar los salarios atrasados que el empresario reconozca que adeuda. Según el artículo 206.5 del Código Laboral, no se puede exigir la renuncia a una reclamación por salarios adeudados a menos que dichos salarios se hayan abonado.
- No reveles cuánto te pagaban ni cómo era trabajar allí. Artículos 232 y 232.5 del Código Laboral. Los secretos comerciales auténticos son un tema aparte.
- Resolver una reclamación de indemnización por accidente laboral sin que la comisión de apelación la haya aprobado.
- Renuncia a tus prestaciones por desempleo. Pero ten cuidado: los pagos denominados «indemnización en lugar de preaviso» o «continuación del salario» se tratan de forma diferente y pueden retrasar la concesión de las prestaciones.
- Esto no te impide presentar una denuncia ante un organismo público. Tu derecho a presentar una denuncia ante la EEOC, el Departamento de Derechos Civiles o el Comisionado de Trabajo sigue vigente tras la firma de la exención.
Señales de que debes revisar con más detenimiento tu acuerdo de indemnización por despido
- El plazo es más corto que los períodos mencionados anteriormente.
- Tienes 40 años o más y no se menciona nada sobre los 21, los 45 ni los 7 días.
- Se produjo justo después de que denunciaras algo, solicitaras una baja o comunicaras un embarazo o un diagnóstico médico
- No incluye las comisiones devengadas, las vacaciones acumuladas ni ninguna prima pendiente de pago
- Te han dicho que la cifra es estándar, definitiva o no negociable.
- Nadie te ha hablado de tu derecho a consultar a un abogado
Ninguna de estas razones implica que el acuerdo sea ilegal. Todas ellas indican que merece la pena leerlo detenidamente antes de que adquiera carácter definitivo.
¿Tengo que firmar un acuerdo de indemnización antes de que finalice el plazo establecido en California?
No debes dar por sentado que el plazo que te han dado es el que exige la ley. Cuando un empresario de California te ofrece un acuerdo de cese, debe concederte al menos cinco días hábiles para que lo revise un abogado, y debe informarte de que tienes ese derecho. Si tu plazo es más corto que eso, o si nadie te ha mencionado tu derecho a consultar a un abogado, eso es señal de que el acuerdo se ha redactado para acelerar el proceso más de lo que permite la ley. Solicita el plazo completo por escrito. Un empleador razonable te lo concederá, ya que quiere un acuerdo de rescisión que sea válido.
¿Puedo cancelar un acuerdo de indemnización por despido después de haberlo firmado?
A veces. Si tienes 40 años o más y el contrato incluye una cláusula federal relativa a la edad, dispones de siete días tras la firma para revocarlo, y ningún empleador puede acortar ese plazo. Una vez que ese plazo haya vencido, normalmente no podrás anular el contrato en su totalidad, pero es posible que algunas cláusulas concretas sigan sin ser exigibles según la legislación de California. Si lo has firmado recientemente, haz que lo revisen antes de dar por hecho que no tienes otra opción.
¿El hecho de negociar mi indemnización por despido hará que la empresa retire la oferta?
A veces ocurre, pero no es lo habitual. Las empresas ofrecen una indemnización por despido porque quieren que el empleado renuncie a sus derechos, y retirarla les supone perder esa renuncia.
No firmes bajo la presión de un plazo que haya fijado otra persona
Tienes derecho a tomarte el tiempo que te concede la ley. Si tienes ante ti un acuerdo de indemnización por despido, llama al (877) 775-2267 o ponte en contacto con nosotros a través de nuestra web para una revisión gratuita y confidencial. No cobramos honorarios a menos que ganemos el caso.
Este artículo ofrece información general sobre la legislación de California a fecha de septiembre de 2026 y no constituye asesoramiento jurídico sobre su situación. Su lectura no da lugar a una relación abogado-cliente. Los plazos en materia laboral son breves y varían en función de cada reclamación.










