Nuevas protecciones para las trabajadoras embarazadas y lactantes en California
California lleva mucho tiempo a la vanguardia de la protección de las trabajadoras embarazadas y lactantes en el lugar de trabajo. Con las recientes actualizaciones de las leyes estatales, estas protecciones se han reforzado aún más, garantizando que estas empleadas reciban el apoyo y las adaptaciones necesarias. Este artículo proporciona una visión general de estos derechos ampliados y ofrece medidas prácticas para que los empleados garanticen el respeto de sus derechos.
Derechos ampliados para las trabajadoras embarazadas y lactantes
1. Permiso por incapacidad durante el embarazo (PDL):
En virtud de la Ley de Igualdad de Empleo y Vivienda de California (FEHA), las empleadas embarazadas tienen derecho a un permiso de hasta cuatro meses por embarazo si están incapacitadas debido al embarazo, el parto o afecciones médicas relacionadas. Este permiso puede tomarse de una sola vez o de forma intermitente y está disponible independientemente del tamaño de la empresa.
- Requisitos: Cualquier empleada que esté incapacitada debido a embarazo, parto o una condición médica relacionada es elegible para PDL. Esto incluye las náuseas matutinas graves, los cuidados prenatales, el parto y la recuperación del parto.
- Prestaciones: Durante la PDL, los empleados tienen derecho a las mismas prestaciones que si estuvieran trabajando, incluido el seguro médico. Los empleadores deben mantener la cobertura sanitaria del empleado en virtud de cualquier plan de salud colectivo mientras dure el permiso, hasta un máximo de cuatro meses en un periodo de 12 meses.
2. Acomodación razonable:
Los empresarios están obligados a facilitar ajustes razonables a las empleadas afectadas por el embarazo, el parto o afecciones médicas relacionadas. Las adaptaciones pueden incluir:
- Modificaciones de las tareas laborales.
- Traslados temporales a puestos menos agotadores o peligrosos.
- Proporcionar pausas más frecuentes.
- Permitir que el empleado se siente en lugar de estar de pie, o proporcionarle ayuda con el trabajo manual.
- Proceso interactivo: Los empleadores deben iniciar un proceso interactivo oportuno y de buena fe con el empleado para determinar las adaptaciones razonables efectivas.
3. Alojamiento para la lactancia:
Recientes modificaciones de la legislación californiana han reforzado los requisitos de adaptación a la lactancia, obligando a los empresarios a proporcionar un espacio adecuado y un tiempo de descanso para que las empleadas puedan extraerse leche materna.
- Espacio privado: Los empleadores deben proporcionar un espacio privado, que no sea un cuarto de baño, cerca de la zona de trabajo de la empleada, que esté protegido de la vista y libre de intrusiones. Este espacio debe incluir una superficie para colocar el sacaleches y los objetos personales, un lugar para sentarse y acceso a la electricidad.
- Tiempo de descanso: Los empleadores deben proporcionar un tiempo de descanso razonable para extraer la leche. Este tiempo puede coincidir con los períodos de descanso existentes. Si se necesita tiempo adicional, debe proporcionarse, aunque los empleadores no están obligados a pagar por el tiempo de descanso tomado más allá de los períodos de descanso regulares pagados del empleado.
4. Protección del empleo y represalias:
Los empleados que solicitan un permiso en virtud de la PDL o adaptaciones razonables están protegidos contra las represalias. Esto significa que los empleadores no pueden despedir, degradar o discriminar de cualquier otro modo a un empleado por pedir un permiso o solicitar adaptaciones.
- Reincorporación al puesto de trabajo: Los empleados tienen derecho a volver al mismo puesto o a un puesto comparable a su regreso de la PDL. Si el puesto ya no está disponible debido a una razón comercial legítima, el empleador debe ofrecer un puesto comparable en términos de salario, ubicación, contenido del trabajo y oportunidades de promoción.
5. Se elimina la limitación de que los padres trabajen para el mismo empresario:
Anteriormente, las empresas podían limitar el permiso combinado a un total de 12 semanas si ambos progenitores trabajaban para la misma empresa. Esta limitación se ha eliminado, lo que permite a cada progenitor disfrutar de hasta 12 semanas de permiso en virtud de la Ley de Derechos Familiares de California (CFRA).
- Igualdad de trato: Ahora ambos progenitores tienen derecho a disfrutar de las 12 semanas completas de permiso cada uno, sin ninguna reducción debida a la situación de permiso del otro progenitor.
6. El derecho de las mujeres embarazadas a disfrutar del permiso CFRA y el vínculo con el bebé:
La Ley de Derechos Familiares de California (CFRA, por sus siglas en inglés) permite a los empleados que reúnan los requisitos necesarios disfrutar de hasta 12 semanas de permiso no retribuido y protegido por el puesto de trabajo por diversos motivos familiares y médicos, incluido el nacimiento de un hijo y el establecimiento de lazos afectivos con el recién nacido.
- Requisitos: Tienen derecho los empleados que hayan trabajado para la empresa al menos 12 meses y hayan completado al menos 1.250 horas de servicio durante el periodo de 12 meses anterior a la excedencia.
- Vinculación con el bebé: En virtud de la CFRA, ambos progenitores pueden disfrutar de un permiso de hasta 12 semanas para establecer un vínculo afectivo con un recién nacido, adoptado o acogido. Este permiso debe completarse en el plazo de un año desde el nacimiento o la colocación del niño.
Medidas prácticas para los empleados
1. Conozca sus derechos:
Entender sus derechos bajo la ley de California es el primer paso. Familiarízate con los detalles de la PDL, las adaptaciones razonables, los requisitos de adaptación a la lactancia y el permiso CFRA.
2. Comuníquese con su empleador:
Informe a su empresa de su embarazo o de sus necesidades de lactancia lo antes posible. Presenta una solicitud por escrito de permiso o adaptación, especificando qué necesitas y por qué.
3. Aportar documentación médica:
Si es necesario, facilite documentación médica que respalde su solicitud de permiso o adaptación. Esto puede ayudar a facilitar el proceso y garantizar que su empleador entienda sus necesidades.
4. Llevar registros:
Lleva un registro detallado de todas las comunicaciones que mantengas con tu empresa en relación con tu embarazo o las adaptaciones para la lactancia. Esto incluye correos electrónicos, cartas y notas de las conversaciones.
5. Busque asesoramiento jurídico si lo necesita:
Si encuentra resistencia o cree que se están vulnerando sus derechos, considere la posibilidad de buscar asesoramiento jurídico. Un abogado laboralista con experiencia puede ayudarte a entender tus opciones y a tomar las medidas adecuadas.
6. Utilizar los recursos del Estado:
California ofrece varios recursos para ayudar a los empleados a comprender y hacer valer sus derechos. El Departamento de Empleo y Vivienda Justos de California (DFEH) ofrece orientación y puede ayudar a presentar denuncias si es necesario.
Conclusión
Las protecciones actualizadas de California para las empleadas embarazadas y lactantes subrayan el compromiso del Estado con la creación de un entorno de trabajo solidario e integrador. Si conoces tus derechos y tomas medidas proactivas, puedes asegurarte de que se satisfagan tus necesidades durante esta etapa tan importante.
Para obtener información más detallada y orientación sobre el cumplimiento de la normativa, los empleados y los empresarios deberían consultar a un abogado laboralista con experiencia.